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Prevención de Blanqueo de Capitales

Objetivos de cumplir con la Normativa de Prevención del Blanqueo

El riesgo de penetración de organizaciones criminales en importantes sectores del sistema económico y financiero ha dado lugar a una política internacional coordinada, instrumentalizada en España a través de la Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, que impone una serie de obligaciones a los sectores de riesgo y a los movimientos de medios de pago. GARANTIC ha desarrollado un sistema de gestión que permite y facilita el cumplimiento de las obligaciones legales sobre Prevención del Blanqueo de Capitales. Pensada para pequeñas y medianas empresas, le permitirá el fácil cumplimento de una legislación exigente y novedosa, haciendo que los protocolos exigidos se realicen de forma sencilla e intuitiva.

blanqueo
Sujetos Obligados
Entre otros sujetos obligados se encuentran (Consúltenos su actividad);

Beneficios de implementar un Plan de Prevención de Blanqueo

El servicio de implementación ofrece, para cumplir la normativa correctamente, definir e implantar los procedimientos específicos en Prevención del Blanqueo, así como aprobar una estructura interna que lo gestione adecuadamente, previo estudio de las necesidades de forma individualizada, determinando la operativa que mejor se ajuste a las necesidades de su empresa y dándole toda la ayuda necesaria en su implantación.

Usted o su empresa deberá cumplir con los siguientes factores:

Aprobar por escrito y aplicar políticas y procedimientos adecuados en materia de diligencia debida, información, conservación de documentos, control interno, evaluación y gestión de riesgos, garantía del cumplimiento de las disposiciones pertinentes y comunicación, con objeto de prevenir e impedir operaciones relacionadas con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.

Dicha política incluirá una descripción de aquellos tipos de clientes que podrían presentar un riesgo superior al riesgo promedio en función de factores internacionales aplicables en cada caso.

Designar un representante ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión a una persona que ejerza cargo de administración o dirección de la sociedad. Será responsable del cumplimiento de las obligaciones de información establecidas

Establecer un órgano adecuado de control interno responsable de la aplicación de las políticas y procedimientos.

Crear y aprobar un manual adecuado de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, que se mantendrá actualizado, con información completa sobre las medidas de control interno.

Todos los documentos mencionados serán redactados, personalizados y puestos a su disposición.

Otros Servicios

Auditoria Externa

El artículo 28 de la Ley 10/2010, de la LPBC, establece la obligación de una auditoría externa. Las medidas de control interno deben ser auditadas anualmente por un experto externo. El informe externo estará a disposición de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias .

Formación

Según el artículo 29 de la Ley del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, los sujetos obligados adoptarán cursos específicos de formación permanente entre sus empleados, orientados a detectar las operaciones relacionadas. Las acciones formativas serán objeto de un plan anual.

BENEFICIOS DE LA PREVENCIÓN BLANQUEO

La implementación de protocolos de cumplimiento de la LPBC (*)  representa múltiples beneficios internos y externos;

(*) LPBC. Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.

Tu decides hasta donde deseas nuestra ayuda ...

Esta es la solución que aportamos para implementar esta normativa en tu organización, que te permitirá obtener un certificado, aunque no tengas experiencia, no seas un experto en la materia o no dispongas de personal cualificado. Te explicaremos como podemos trabajar, cuales serán nuestras aportaciones, además de guiarte, acompañarte y prestarte apoyo y supervisión en todo el proceso de implantación. Si lo deseas podemos también, ofrecerte solamente modelos y plantillas de documentos y procedimientos obligatorios y opcionales y hasta software para dar soporte a toda la gestión normativa. 

Fases de un proyecto de implantación

Fase 1
Estudio Previo

Nuestro equipo de consultores expertos realiza un estudio documental de cada aspecto del sistema de gestión.

Fase 2
Espacio de Trabajo

Configuramos un espacio totalmente adaptado a su proyecto y con su información de su sistema de gestión ya cargada (opcional).

Fase 3
Planificación

Planificamos reuniones de trabajo con los diferentes responsables.

Fase 4
Reuniones Implantación

Desplegamos la implantación de los requerimientos normativos cerrando trabajos en cada reunión.

Fase 5
Seguimiento

Se realizan seguimientos de los trabajos cerrados y pendientes.

Fase 6
Acordamos Horizontes

Se cierran fechas de Auditorias Interna y Externa.

Fase 7
Acompañamiento en la Certificación

Como un empleado mas os acompañamos en la auditoria de certificación, como un responsable del sistema o como auditor interno.

Fase 8
Soporte

Tras un seguimiento de la implantación inicial, ofrecemos mantenimiento preventivo, correctivo, adaptativo y evolutivo.

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Servicios de Consultoría en Prevención de Blanqueo de Capitales

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